Introduce tus rendimientos del trabajo para comparar el impuesto bajo el regimen especial de impatriados (Ley Beckham) frente al IRPF general 2025.
Impuesto regimen impatriados
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Rendimiento trabajo
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Impuesto Beckham
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IRPF general
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Ahorro fiscal
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Tu desglose
Se actualiza al instante| Concepto | Importe |
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Que es el regimen especial de impatriados
El regimen especial de impatriados, conocido popularmente como Ley Beckham, es una opcion fiscal prevista en el articulo 93 de la Ley del IRPF que permite a los trabajadores desplazados a Espana tributar como no residentes durante seis anos. En lugar de la escala progresiva general, los rendimientos del trabajo se gravan a un tipo fijo del 24% hasta 600.000 euros y al 47% sobre el exceso. Esto puede suponer un ahorro fiscal considerable frente al IRPF ordinario, especialmente para rentas a partir de unos 60.000 euros anuales.
Como se calcula el impuesto bajo la Ley Beckham
El calculo es mas sencillo que el IRPF general. Los primeros 600.000 euros de rendimientos del trabajo tributan al tipo fijo del 24%, sin aplicar el minimo personal ni las reducciones habituales. Si los rendimientos superan esa cifra, el exceso tributa al 47%. No se aplican las reducciones por rendimientos del trabajo ni se restan las cotizaciones a la Seguridad Social de la base. Para una renta de 80.000 euros el impuesto Beckham es de 19.200 euros, mientras que el IRPF general sobre esa misma cantidad seria considerablemente mayor una vez aplicada la escala progresiva con sus tipos del 37% y 45% para los tramos superiores.
Requisitos para acogerse al regimen
Para optar al regimen especial es necesario cumplir varios requisitos: no haber sido residente fiscal en Espana en los cinco anos anteriores al desplazamiento, que el traslado se produzca como consecuencia de un contrato de trabajo o del ejercicio de funciones de administrador en una entidad residente, y que los trabajos se realicen efectivamente en Espana. La opcion debe ejercerse mediante la presentacion del modelo 149 en la Agencia Tributaria dentro de los seis meses siguientes al inicio de la actividad. Una vez dentro del regimen, el contribuyente queda excluido del sistema general durante toda la vigencia del mismo.
Cuando conviene el regimen Beckham frente al IRPF general
Para rentas superiores a unos 55.000 o 60.000 euros anuales el regimen Beckham suele ser mas ventajoso que el IRPF general, ya que el tipo fijo del 24% es inferior al tipo marginal que se aplicaria con la escala ordinaria. A medida que la renta sube hacia los 300.000 o 600.000 euros, el ahorro se hace mas pronunciado porque el IRPF general aplicaria tipos del 45% y 47% sobre esos tramos. Para rentas bajas, en cambio, el IRPF general puede resultar mas favorable porque permite aplicar el minimo personal, la reduccion por rendimientos del trabajo y otras deducciones que no existen en el regimen especial.